Artículo 365 del Código Civil
Art. 365. Las tutelas y curadurías testamentarias
admiten condición suspensiva y resolutoria, y señalamiento
de día cierto en que principien o expiren.
Art. 365. Las tutelas y curadurías testamentarias
admiten condición suspensiva y resolutoria, y señalamiento
de día cierto en que principien o expiren.