Artículo 340 del Código Civil
Art. 340. La tutela y las curadurías generales se
extienden no sólo a los bienes sino a la persona de los
individuos sometidos a ellas.
Art. 340. La tutela y las curadurías generales se
extienden no sólo a los bienes sino a la persona de los
individuos sometidos a ellas.