Artículo 2261 del Código Civil
Art. 2261. Hay dolo en el que hace la apuesta,
si sabe de cierto que se ha de verificar o se ha
verificado el hecho de que se trata.
Art. 2261. Hay dolo en el que hace la apuesta,
si sabe de cierto que se ha de verificar o se ha
verificado el hecho de que se trata.