Artículo 2196 del Código Civil
Art. 2196. El mutuo o préstamo de consumo es un
contrato en que una de las partes entrega a la otra
cierta cantidad de cosas fungibles con cargo de
restituir otras tantas del mismo género y calidad.
Art. 2196. El mutuo o préstamo de consumo es un
contrato en que una de las partes entrega a la otra
cierta cantidad de cosas fungibles con cargo de
restituir otras tantas del mismo género y calidad.