Artículo 2174 del Código Civil

Art. 2174. El comodato o préstamo de uso es un
contrato en que una de las partes entrega a la otra
gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que
haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma
especie después de terminado el uso.

Este contrato no se perfecciona sino por la
tradición de la cosa.