Artículo 2139 del Código Civil
Art. 2139. En la inhabilidad del mandatario
para donar no se comprenden naturalmente las ligeras
gratificaciones que se acostumbra hacer a las
personas de servicio.
Art. 2139. En la inhabilidad del mandatario
para donar no se comprenden naturalmente las ligeras
gratificaciones que se acostumbra hacer a las
personas de servicio.