Artículo 2136 del Código Civil
Art. 2136. La delegación no autorizada o no
ratificada expresa o tácitamente por el mandante no
da derecho a terceros contra el mandante por los
actos del delegado.
Art. 2136. La delegación no autorizada o no
ratificada expresa o tácitamente por el mandante no
da derecho a terceros contra el mandante por los
actos del delegado.