Artículo 1897 del Código Civil
Art. 1897. La permutación o cambio es un contrato
en que las partes se obligan mutuamente a dar una
especie o cuerpo cierto por otro.
Art. 1897. La permutación o cambio es un contrato
en que las partes se obligan mutuamente a dar una
especie o cuerpo cierto por otro.