Artículo 1181 del Código Civil
Art. 1181. Legítima es aquella cuota de los bienes
de un difunto que la ley asigna a ciertas personas
llamadas legitimarios.
Los legitimarios son por consiguiente herederos.
Art. 1181. Legítima es aquella cuota de los bienes
de un difunto que la ley asigna a ciertas personas
llamadas legitimarios.
Los legitimarios son por consiguiente herederos.