Artículo 1167 del Código Civil

Art. 1167. Asignaciones forzosas son las que el
testador es obligado a hacer, y que se suplen cuando no
las ha hecho, aun con perjuicio de sus disposiciones
testamentarias expresas.

Asignaciones forzosas son:

1. Los alimentos que se deben por ley a ciertas
personas;

2. Las legítimas;

3. La cuarta de mejoras en la sucesión de los
descendientes, de los ascendientes y del
cónyuge.