Artículo 1167 del Código Civil
Art. 1167. Asignaciones forzosas son las que el
testador es obligado a hacer, y que se suplen cuando no
las ha hecho, aun con perjuicio de sus disposiciones
testamentarias expresas.
Asignaciones forzosas son:
1. Los alimentos que se deben por ley a ciertas
personas;
2. Las legítimas;
3. La cuarta de mejoras en la sucesión de los
descendientes, de los ascendientes y del
cónyuge.