Artículo 1073 del Código Civil
Art. 1073. La condición de no impugnar el
testamento, impuesta a un asignatario, no se extiende a
las demandas de nulidad por algún defecto en su forma.
Art. 1073. La condición de no impugnar el
testamento, impuesta a un asignatario, no se extiende a
las demandas de nulidad por algún defecto en su forma.