Artículo 1043 del Código Civil
Art. 1043. Para testar militarmente será preciso
hallarse en una expedición de guerra, que esté
actualmente en marcha o campaña contra el enemigo, o en
la guarnición de una plaza actualmente sitiada.
Art. 1043. Para testar militarmente será preciso
hallarse en una expedición de guerra, que esté
actualmente en marcha o campaña contra el enemigo, o en
la guarnición de una plaza actualmente sitiada.