Artículo 101 del Código Civil
Art. 101. Tampoco se opone lo dicho a que se admita
la prueba del contrato de esponsales como circunstancia
agravante del crimen de seducción.
Art. 101. Tampoco se opone lo dicho a que se admita
la prueba del contrato de esponsales como circunstancia
agravante del crimen de seducción.