Artículo 262 del Código de Aguas
ARTICULO 262°- La organización termina por la reunión de
todos los derechos de agua en manos de un mismo titular y
por las causales que indiquen los estatutos.
ARTICULO 262°- La organización termina por la reunión de
todos los derechos de agua en manos de un mismo titular y
por las causales que indiquen los estatutos.