Artículo 112 del Código Aeronáutico
Artículo 112.- El intercambio de aeronaves es un contrato
en virtud del cual dos o más explotadores se ceden
recíprocamente el derecho a utilizar sus respectivas aeronaves,
con o sin tripulación.
Artículo 112.- El intercambio de aeronaves es un contrato
en virtud del cual dos o más explotadores se ceden
recíprocamente el derecho a utilizar sus respectivas aeronaves,
con o sin tripulación.