Artículo cuadragesimo sexto de la Ley 21.091 sobre educación superior
Artículo cuadragésimo sexto.- En el plazo de tres años
contados desde la publicación de la presente ley, la
Subsecretaría de Educación Superior presentará una propuesta de
actualización de la estructura de títulos y grados del
sistema de educación superior chilena contenida en el artículo
54 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del
Ministerio de Educación.".