Artículo 95 de la Ley 21.091 sobre educación superior
Artículo 95.- Créase una Comisión de Expertos para la
regulación de aranceles, de carácter permanente.
Corresponderá a la Comisión:
a) Aprobar o modificar fundadamente las bases
técnicas para el cálculo de los valores de aranceles regulados,
derechos básicos de matrícula y cobros por concepto de
titulación o graduación, presentadas por la Subsecretaría.
b) Aprobar u observar fundadamente y de conformidad a las
bases técnicas vigentes, el cálculo de los valores de los
aranceles regulados, derechos básicos de matrícula y
cobros por concepto de titulación o graduación propuestos por
la Subsecretaría.
c) Emitir informes sobre otros requerimientos de opinión
o asesoría técnica solicitados por el Ministerio de
Educación, a través de la Subsecretaría.
d) Realizar las demás funciones y ejercer las
atribuciones que le correspondan de conformidad a la ley.
Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión
podrá solicitar información a la Subsecretaría.