Artículo 89 de la Ley 21.091 sobre educación superior

Artículo 89.- El arancel regulado deberá dar cuenta del
costo de los recursos materiales y humanos que sean
necesarios y razonables, de acuerdo a lo previsto en las bases
técnicas señaladas en el artículo 90, para impartir una
carrera o programa de estudios de los grupos de carreras
respectivos.

Dicho arancel deberá considerar tanto los costos anuales
directos e indirectos como el costo anualizado de las
inversiones en infraestructura, tales como laboratorios,
servicios, edificios y uso de dependencias.