Artículo 40 de la Ley 20.370 establece ley general de educación

Artículo 40.- Los establecimientos reconocidos
oficialmente certificarán las calificaciones anuales de cada alumno
y, cuando proceda, el término de los estudios de educación
básica y media. No obstante, la licencia de educación
media será otorgada por el Ministerio de Educación.

En el caso de la educación técnico-profesional, el
Ministerio de Educación, una vez cumplidos los requerimientos de
titulación fijados en las bases curriculares, entregará
títulos de técnico de nivel medio.

En el caso de la educación artística, el Ministerio de
Educación otorgará un certificado que acredite la
realización de estudios en la mención a la que el alumno optó.