Artículo primero de la Ley 20.123 regula trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios

Artículo primero transitorio.- Las empresas que a la
fecha de publicación de la presente ley, desarrollen
actividades reguladas por la misma, deberán presentar su solicitud
de inscripción, dentro del plazo de 180 días a contar de
su vigencia.