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Artículo 129 de la Ley 19.968 crea los tribunales de familia

Artículo 129.- Supresión de Juzgados de Letras de
Menores. Suprímense los juzgados de menores de Arica, Iquique,
Antofagasta, Calama, Copiapó, La Serena, Valparaíso, Viña
del Mar, San Felipe, Quillota, San Antonio, Rancagua,
Curicó, Talca, Linares, Chillán, Los Ángeles, Concepción,
Talcahuano, Coronel, Temuco, Valdivia, Osorno, Puerto Montt,
Castro, Coyhaique, Punta Arenas, Santiago, Pudahuel, San
Miguel, Puente Alto y San Bernardo.