Artículo 11 de la Ley 19.712 del deporte
Artículo 11.- Corresponderá al Instituto ejecutar la
política nacional de deportes. Asimismo, tendrá a su cargo la
promoción de la cultura deportiva en la población, la
asignación de recursos para el desarrollo del deporte y la
supervigilancia de las organizaciones deportivas en los
términos que establece la presente ley.