Artículo 17 c de la Ley 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores
Artículo 17 C.- Los contratos de adhesión de productos y
servicios financieros deberán contener al inicio una hoja
con un resumen estandarizado de sus principales cláusulas
y los proveedores deberán incluir esta hoja en sus
cotizaciones, para facilitar su comparación por los consumidores.
Los reglamentos que se dicten de conformidad con esta ley
deberán establecer el formato, el contenido y las demás
características que esta hoja resumen deberá contener, los
que podrán diferir entre las distintas categorías de
productos y servicios financieros.