Artículo 6 de la Ley 19.300 sobre bases generales del medio ambiente
Artículo 6°.- El proceso educativo, en sus diversos
niveles, a tráves de la transmisión de conocimiento y de la
enseñanza de conceptos modernos de protección ambiental,
orientados a la comprensión y toma de conciencia de los
problemas ambientales, deberá incorporar la integración de
valores y el desarrollo de hábitos y conductas que tiendan a
prevenirlos y resolverlos.