Artículo 92 de la Ley 18.046 sobre sociedades anónimas
Art. 92. Los directores de una sociedad matriz, aunque no
sean miembros del directorio de una sociedad filial o
administradores de la misma, podrán asistir con derecho a
voz, a las reuniones de dichos directorios o a las de los
administradores, en su caso, y tendrán además, facultad para
imponerse de los libros y antecedentes de la sociedad
filial.