Artículo 69 de la Ley 16.618 de Menores
Art. 69. Las solicitudes y actuaciones judiciales o
administrativas a que dé origen el cumplimiento de esta
ley estarán exentas de todo impuesto fiscal o municipal
y de derechos arancelarios.
Art. 69. Las solicitudes y actuaciones judiciales o
administrativas a que dé origen el cumplimiento de esta
ley estarán exentas de todo impuesto fiscal o municipal
y de derechos arancelarios.