Artículo 366 del Código del Trabajo
Art. 366.- Inicio de la negociación y
contenido del
proyecto. La negociación deberá
iniciarse con la presentación
de un proyecto de
convenio colectivo con las condiciones
comunes
de trabajo y remuneraciones para un período de
tiempo, temporada u obra o faena transitoria
determinada.
El proyecto de convenio colectivo deberá
contener, a lo
menos, las siguientes menciones:
1. La identificación de la organización que
presenta el proyecto y la individualización de
los miembros de
la comisión negociadora sindical
de conformidad a las
reglas del artículo 330,
con indicación de un domicilio y
correo
electrónico.
2. Las cláusulas que se proponen a la empresa.
3. El ámbito de la negociación.
4. La determinación de la obra o faena o
período de
tiempo comprendido en la negociación.