Artículo 303 del Código del Trabajo

Art. 303.- Partes. Las partes deben negociar de buena
fe, cumpliendo con las obligaciones y plazos previstos en
las disposiciones siguientes, sin poner obstáculos que
limiten las opciones de entendimiento entre ambas.

Para determinar si dos o más empresas deben ser
consideradas como un solo empleador para efectos de la
negociación colectiva, se estará a lo dispuesto en los incisos
cuarto y siguientes del artículo 3°.