Artículo 183 t del Código del Trabajo

Artículo 183-T.- En caso de que el trabajador
continúe prestando servicios después de expirado el
plazo de su contrato de trabajo, éste se transformará
en uno de plazo indefinido, pasando la usuaria a ser
su empleador y contándose la antigüedad del trabajador,
para todos los efectos legales, desde la fecha del
inicio de la prestación de servicios a la usuaria.