Artículo 183 ae del Código del Trabajo

Artículo 183-AE.- Las trabajadoras contratadas
bajo el régimen contemplado en este Párrafo, gozarán
del fuero maternal señalado en el inciso primero del
artículo 201, cesando éste de pleno derecho al término
de los servicios en la usuaria.

Si por alguna de las causales que establece el
presente Párrafo se determinare que la trabajadora
es dependiente de la usuaria, el fuero maternal se
extenderá por todo el período que corresponda,
conforme a las reglas generales del presente Código.