Artículo 40 de la Ley 20.285 sobre acceso a la información pública

Artículo 40.- El Consejo Directivo adoptará sus
decisiones por la mayoría de sus miembros y, en caso de empate,
resolverá su Presidente. El quórum mínimo para sesionar será
de tres consejeros. El reglamento establecerá las demás
normas necesarias para su funcionamiento.