Artículo 128 de la Ley 19.968 crea los tribunales de familia

Artículo 128.- Modificaciones del decreto con fuerza de
ley Nº 1, de 1990, del Ministerio de Justicia. Modifícase
el artículo único del decreto con fuerza de ley Nº 1, de
1990, del Ministerio de Justicia, que adecuó las plantas y
escalafones del personal de la Subsecretaría de Justicia a
lo dispuesto en el artículo 5° de la ley N° 18.834, en la
forma que a continuación se indica:

Créanse, en la planta de la Subsecretaría de Justicia,
dos cargos de profesionales, grado 4º de la Escala Única de
Sueldos, y dos cargos de profesionales, grado 7º de la
Escala Única de Sueldos, todos en la Planta de Profesionales.